martes, 12 de agosto de 2025

El rol del contador público de frente al lavado de Activo



Por: Julio César Concepción Rodríguez, MBA.

 

En República Dominicana, los contadores tienen un rol crucial en la prevención del lavado de activos y financiamiento del terrorismo, según la Ley 155-17. Deben implementar sistemas de prevención basados en riesgos, identificar operaciones sospechosas, y cumplir con obligaciones de debida diligencia para evitar ser utilizados como vehículos para actividades ilícitas. 

La Ley 155-17 establece contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo, los Sujetos Obligados. No Financieros siendo estoslas Personas Físicas o Jurídicas que realizan actividades profesionales, comerciales o empresariales, que por su naturaleza son susceptibles de ser utilizadas en actividades de lavado de activos.

Las obligaciones y responsabilidades de los sujetos obligados:

▪ Sujetos Obligados: La Ley 155-17 define a los contadores como sujetos obligados cuando realizan ciertas actividades específicas, como la compraventa de inmuebles, administración de bienes y cuentas bancarias, o creación de estructuras jurídicas, especialmente si involucran montos significativos. 
▪ Sistema de Prevención: Los contadores deben implementar un sistema de prevención del lavado de activos (PLA/FT) por escrito, que incluya políticas, procedimientos y controles para identificar, evaluar, monitorear y mitigar los riesgos de lavado de activos y financiamiento del terrorismo. 
▪ Debida Diligencia: Deben realizar una debida diligencia con sus clientes, que incluye la identificación y verificación de la identidad de sus clientes, la comprensión de la naturaleza de sus negocios y transacciones, y la evaluación de los riesgos asociados a cada cliente. 
▪ Reporte de Operaciones Sospechosas: Los contadores tienen la obligación de reportar al organismo correspondiente (Unidad de Análisis Financiero (UAF)) cualquier operación que consideren sospechosa de estar relacionada con lavado de activos o financiamiento del terrorismo. 
▪ Capacitación: Deben mantenerse actualizados sobre las leyes, regulaciones y mejores prácticas en materia de prevención del lavado de activos. 

 

 

El enfoque basado en riesgos: Nos conduce y, se hace necesario hacer referencia de  "Transparencia Internacional, que es la organización de la sociedad civil que lidera la lucha contra la corrupción. Se une a las personas en una poderosa coalición mundial para poner fin a los efectos devastadores de la corrupción en los hombres, mujeres y niños a nivel global. Esta a su vez. Promueve reformas legales, apoya la implementación de leyes y reformas que fortalezcan el estado de derecho y la lucha contra la corrupción. 

En lo que respecta a la parte jurídica, Transparencia Internacional. Promueve epatrocinio de leyes anticorrupción. Trabaja para que se aprueben leyes que penalicen la corrupción, como las leyes de transparencia, acceso a la información y protección de denunciantes. Apoya la implementación de tratados internacionales, fomentando la ratificación y cumplimiento de tratados internacionales como la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción. Respaldala independencia judicial. Busca garantizar que los sistemas judiciales sean independientes y puedan investigar y juzgar casos de corrupción de manera justa y transparente. Mismo promueve la capacitación de funcionarios, apoyando la formación de jueces, fiscales y cualquier otro funcionario público, que tenga alguna participación en la aplicación de las leyes anticorrupción. 

La ley de referencia exige un enfoque basado en riesgos, lo que significa que los contadores deben priorizar sus esfuerzos de prevención en aquellos clientes, transacciones o actividades que presenten un mayor riesgo de estar involucrados en lavado de activos. Algo que facilita la ardua labor del contador en esas actividades preventivas es auxiliarse de la IA., para reducir el tiempo e incrementar la precisión de los hallazgos, con el uso de la tecnología, cualquier dato es de fácil localización.

Consecuencias del Incumplimiento:

El incumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley 155-17 puede acarrear sanciones administrativas severas y penales para los contadores. Deben colaborar con las autoridades competentes, proporcionando información y cooperando en las investigaciones relacionadas con lavado de activos. 

La Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción. Aboga por la independencia judicial. Busca garantizar que los sistemas judiciales sean independientes y puedan investigar y juzgar casos de corrupción de manera justa y transparente.   

El lavado de dinero, el cambio de grandes cantidades de dinero obtenidas de delitos, como el narcotráfico, por otras de origen legítimo.​​ Es un delito en muchas jurisdicciones con definiciones diversas. Es una operación esencial del crimen organizado y de la economía macerada. Por tanto el blanqueo de capitales viene de ocultar o encubrir el origen de beneficios obtenidos ilícitamente, de forma que parezcan provenir de fuentes legítimas. Normalmente es un componente de otros delitos graves como el tráfico de drogas, el robo con violencia o la extorsión.

 

En la Republica Dominicana el lavado de activo: Es combatido  a través de la aplicación de la Ley núm. 155-17, mediante proceso en el cual personas físicas o jurídicas y organizaciones criminales, persiguen dar apariencia legítima a bienes o activos ilícitos provenientes de los delitos precedentes señalados en la Ley (artículo 2, numeral 15). En relación a lo antes expuesto, los contadores juegan un papel fundamental en la prevención del lavado de activos. La contabilidad forense acostumbra ser una gran aliada dada sus técnicas de aplicación en estas experticiasSu responsabilidad incluye la implementación de sistemas de prevención,  realización de la debida diligencia, reporte de operaciones sospechosas, y la colaboración absoluta con las autoridades. 

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