lunes, 23 de marzo de 2026

Gobierno entrega 2,315 títulos de propiedad en San Pedro de Macorís y anuncia nuevos proyectos

 


Por: Jesús Sánchez
San Pedro de Macorís En un acto encabezado por el presidente Luis Abinader, el Gobierno dominicano entregó este domingo 2,315 títulos de propiedad correspondientes a la parcela DC 16.4, beneficiando a cientos de familias de distintos sectores de esta provincia.


La actividad inició con una invocación a Dios a cargo del padre Jesús Calderón, seguida de la presentación de un audiovisual que recogió testimonios de beneficiarios, quienes destacaron el impacto de la titulación en sus vidas.


Durante el acto, el director nacional de Titulación, Duarte Méndez, informó que esta es la octava ocasión en que el mandatario acude a San Pedro de Macorís para realizar entregas de certificados de propiedad, consolidando a la provincia como la número uno del país en este tipo de iniciativas, con un total de 24,800 títulos otorgados.


Explicó que, gracias a este proceso, los beneficiarios han logrado un ahorro colectivo estimado en 349 millones de pesos, sin necesidad de realizar pagos de sus bolsillos.

Las autoridades resaltaron que la entrega de títulos representa un acto de justicia social, ya que incrementa significativamente el valor de los inmuebles, duplicándose e incluso triplicándose en algunos casos.

Construcción del anfiteatro cerca del río Higuamo sigue estancada



SAN PEDRO DE MACORÍS. A casi dos años del inicio del segundo período del alcalde Raymundo Ortiz, el proyecto anunciado para la construcción de un anfiteatro y la transformación del litoral del río Higuamo no presenta avances visibles en San Pedro de Macorís, específicamente en su desembocadura.

La obra, planteada como parte de un plan de revitalización urbana, permanece sin ejecución mientras residentes obervan el progresivo deterioro del área y cuestionan la falta de acciones concretas por parte de las autoridades municipales. La iniciativa había sido presentada por el ejecutivo municipal como parte de un plan para rescatar la margen del río y convertirla en un espacio turístico, cultural y recreativo para el municipio.

Entre las obras planteadas se encontraba la construcción de un anfiteatro abierto, así como la habilitación de áreas de esparcimiento, miradores y espacios comerciales que contribuirían al desarrollo urbano de la ciudad. En ese momento, el alcalde explicó que el proyecto había sido socializado y consensuado con autoridades del Gobierno central, con el objetivo de impulsar una intervención integral en esa franja del río.

De acuerdo con lo informado, la propuesta también contemplaba la reubicación de familias que residen en esa zona, como parte de un proceso para ordenar el territorio y garantizar el cumplimiento de las normas urbanísticas. Sin embargo, a casi dos años de aquellas promesas establecidas en su programa de campaña para el período actual, el área no ha sido intervenida y tampoco se ha vuelto a hablar públicamente del proyecto. Mientras tanto, la zona presenta un panorama distinto al que se proyectó inicialmente.

En recorridos realizados por el lugar se observa cómo la margen del río Higuamo continúa experimentando un proceso de arrabalización, con la aparición de nuevas construcciones improvisadas y edificaciones levantadas sin control. Algunas de estas estructuras han sido levantadas dentro del límite de los 60 metros establecidos por las normativas que regulan las construcciones en áreas cercanas a los ríos.

La situación preocupa a ciudadanos que entienden que, de mantenerse este crecimiento desordenado, podría dificultarse aún más cualquier iniciativa futura para rescatar el entorno del río y desarrollar proyectos de impacto para la ciudad.

Para Miguel Reyes, ciudadano que visita con frecuencia el lugar donde está contemplada el levantamiento de la obra, el río Higuamo representa uno de los principales recursos naturales y paisajísticos del municipio, por lo que su recuperación ha sido considerada durante años como una prioridad para impulsar el turismo y mejorar la calidad de vida de los habitantes.

Mientras tanto, la falta de intervención en la zona y la ausencia de información reciente sobre el proyecto mantienen abiertas las interrogantes sobre el futuro de esta propuesta que en su momento fue presentada como una de las iniciativas de transformación urbana más importantes para San Pedro de Macorís.

sábado, 21 de marzo de 2026

Fallece reconocido periodista hatomayorense Ramón Fulgencio Valdez

 



Por: Jesús Sánchez
Hato Mayor. Falleció este sábado el reconocido periodista hatomayorense Ramón Fulgencio Valdez, quien se encontraba ingresado en el Hospital Jaime Oliver Pino, en San Pedro de Macorís, debido a complicaciones de salud.


Valdez, de 74 años, padecía diabetes crónica y recientemente había sufrido un accidente cerebrovascular (ACV) que lo mantenía postrado, según informaron familiares y allegados.


Nacido el 28 de marzo de 1951, Ramón Fulgencio Valdez se convirtió en una figura destacada del periodismo en la región Este. Fue fundador, junto a otros colegas, de los periódicos El Hatomayorense, El Espectador, Razón del Pueblo y El Social, medios que marcaron una época en la prensa local.


También laboró como corresponsal de los desaparecidos diarios La Noticia y El Sol, además de desempeñar funciones en los noticiarios Noti Rey, de Radio Rey; Maguá Informativo, de Radio Maguá; y en TV-13. Produjo durante años el programa El Fogón Caliente, transmitido por Hatero TV, canal 16.
Valdez era director-propietario del periódico El Social y fue reconocido además por su faceta literaria.

Publicó un libro de poesía y dejó varios manuscritos inéditos, reflejo de su pasión por la escritura.
Su fallecimiento ha generado gran pesar en sectores periodísticos y culturales, donde era valorado por su trayectoria, su entrega profesional y su cercanía humana.


Hasta el momento, no se han ofrecido detalles sobre los actos fúnebres.

Frente frío provocará fuertes aguaceros, tronadas y ráfagas de viento en gran parte del país

 


Por: Jesús Sánchez
Punta Cana. Desde las primeras horas de este sábado se han observado nublados que han generado aguaceros dispersos sobre el Gran Santo Domingo y en las provincias La Altagracia, El Seibo, Hato Mayor, Monte Plata, San Cristóbal, San José de Ocoa, San Pedro de Macorís, La Romana, Azua, Peravia, Barahona y Pedernales.

Para la tarde, el frente frío se estará desplazando directamente sobre el territorio nacional, lo que incrementará las precipitaciones y su extensión hacia zonas cercanas.

Las autoridades prevén fuertes aguaceros, tormentas eléctricas y ráfagas de viento en las provincias ya mencionadas, así como en localidades de Santiago, San Juan, Valverde, Santiago Rodríguez, Puerto Plata, Espaillat, Hermanas Mirabal, María Trinidad Sánchez, Duarte, Sánchez Ramírez, Samaná y nuevamente Monte Plata.

Se recomienda a la población mantenerse atenta a los boletines oficiales debido a la posibilidad de inundaciones urbanas y crecidas repentinas de ríos, arroyos y cañadas.

Centro Geriátrico La Esperanza solicita apoyo ante altos gastos de electricidad



Por: Jesús Sánchez

SAN PEDRO DE MACORÍS. Un total de 44 adultos mayores residen actualmente en el Centro Geriátrico La Esperanza, institución que brinda alimentación, cuidados básicos y acompañamiento a envejecientes en condiciones de abandono o vulnerabilidad en la comunidad de Montecristi, en esta provincia.

Sin embargo, los responsables del hogar advierten que el centro enfrenta dificultades económicas debido al alto costo del servicio eléctrico, cuya facturación supera los cinco mil pesos mensuales.

Los encargados del centro señalaron que este gasto representa una carga significativa para la institución, la cual se mantiene principalmente gracias a donaciones y apoyo comunitario.

En ese sentido, hicieron un llamado a la empresa distribuidora de energía para que evalúe alguna consideración especial que permita reducir el costo del servicio, ya que esos recursos podrían destinarse a la compra de medicamentos, alimentos, pañales desechables y otros insumos necesarios para el cuidado de los residentes.

El Centro Geriátrico La Esperanza fue fundado en 1989 por el pastor Gerardo Ufrede y su esposa María Presva, quienes decidieron iniciar una obra social orientada a ayudar a adultos mayores que vivían solos o en condiciones precarias.

La iniciativa surgió durante jornadas de evangelización realizadas en distintas comunidades, donde la pareja observó que muchos envejecientes no contaban con familiares que se hicieran cargo de ellos ni con recursos para cubrir sus necesidades básicas.

Ante esa realidad, comenzaron a brindar asistencia a un pequeño grupo de siete adultos mayores, llevándoles alimentos y otros apoyos esenciales.

Con el paso del tiempo, más personas de la tercera edad comenzaron a acercarse en busca de ayuda, lo que motivó la creación formal del centro geriátrico.

Desde entonces, el hogar ha mantenido sus puertas abiertas para atender a quienes lo necesitan.

Según explicó el pastor Ufrede, más de mil adultos mayores han recibido algún tipo de apoyo o cuidado en el lugar a lo largo de los años.

viernes, 20 de marzo de 2026

Los ayuntamientos y la Ley de Residuos Sólidos



Por: Julio César Concepción Rodríguez

 

Los ayuntamientos en la República Dominicana son los principales responsables de la gestión, recolección y disposición final de los residuos sólidos urbanos, bajo el marco de la Ley General de Gestión Integral y Coprocesamiento de Residuos Sólidos 225-20 y la reciente Ley 98-25. Estas normativas obligan a los municipios a implementar la clasificación de basura en origen y crear planes de gestión integral en un plazo de 36 meses a partir de 2026. 

 

Aspectos clave sobre los Ayuntamientos y la Ley de Residuos:

• Responsabilidad Municipal: Los ayuntamientos deben organizar la recolección, transporte y disposición final de los residuos, asegurando que se haga de manera sanitaria y ambientalmente adecuada.
• Gestión Integral (Ley 225-20): Los municipios deben adoptar ordenanzas para la clasificación de residuos y el uso de colores en las bolsas (orgánicos, inorgánicospeligrosa reciclable).
• Financiamiento: La Ley 98-25 del 2026 establece la asignación de fondos para fortalecer el sistema de recolección, garantizando recursos incluso para los ayuntamientos pequeños.
• Tasas de Servicio: Los ciudadanos están obligados a pagar tasas por los servicios de recolección, que son gestionados o autorizados por los ayuntamientos.
• Prohibiciones y Regulación: Se prohíbe tirar basura en lugares no autorizados (como cañadas) y se establecen horarios específicos para la recolección de basura. Las empresas prestadoras de servicios requieren autorización municipal.
• Cambios Recientes: Con la nueva normativa, se busca avanzar de vertederos a rellenos sanitarios y fomentar la valorización de residuos. 

La Ley 176-07 sigue siendo la base del funcionamiento municipal, definiendo las competencias para la limpieza urbana. 

Los gobiernos locales están obligados a crear campañas educativas para motivar a la población a cumplir con la normativa, el civismo de la población será vital para poder alcanzar los objetivos. Algunas empresas y entidades del Gobierno ya promueven la clasificación de la basura de forma voluntaria, sin embargo, con la Ley de Residuos Sólidos, el proceso será obligatorio. La República Dominicana inicia esteaño 2026 con grandes desafíos, entre ellos el cumplimiento progresivo de la Ley 98-25 sobre Gestión Integral y Coprocesamiento de Residuos Sólidos, normativa que busca, entre otros objetivos, eliminar el problema de la basura en la sociedad.

Esta ley básicamente contiene la disposición que establece que las alcaldías y distritos municipales cuentan con un plazo de 36 meses, tres (3) años a partir de su entrada en vigencia para implementar el sistema de clasificación y separación de los residuos en el lugar donde se generen. Esto implica que, en vez de mezclarla, los hogares, centros educativos y comercios deberán separar la basura en orgánica, inorgánica, peligrosa y reciclable, y entregarla de manera diferenciada a los camiones recolectores, responsables de su adecuado manejo. La clasificación desde la fuente de origen facilitará el trabajo de las plantas de tratamiento.

Antes de ejecutar el proyecto, también  será un desafío eliminar los cientos de vertederos improvisados formados por transeúntes en lugares de poca frecuencia en la recogida por parte de las alcaldías. De cumplir con la medida, el país se uniría a las naciones que tienen este programa, algunas de forma obligatoria y otras voluntariamente. Cada alcaldía deberá y tiene el deber de elaborar su Plan Municipal de Gestión Integral para el manejo de ResiduosAsimismo, el artículo 4 establece que las alcaldías y juntas municipales deben aprobar las ordenanzas necesarias para la clasificación de la basura, las cuales deberán estar alineadas y/o en consonancia con el Plan Nacional de Gestión de Residuos Sólidos.

Mientras avanza el tictac del reloj/cronómetro, los gobiernos locales deberán desarrollar campañas educativas orientadas a fomentar la cultura de la recolección separada. Estas acciones forman parte del Plan Municipal de Gestión Integral de Residuos (PMGIR), un instrumento que cada alcaldía está obligada a elaborar y someter a la validación del Ministerio de Medio Ambiente.Con la idea de apoyar este proceso, la ley dispone que, a partir del 1 de enero de 2026, las alcaldías y juntas de distritos municipales recibirán una asignación de RD$20 pesos por cada habitante, estableciendo escalas basadas en la cantidad de habitantes, destinada al tratamiento de los residuos sólidos. Para estos fines se tomará como referencia el Censo Nacional de Población y Vivienda de 2022. En otro orden también. La Ley 98-25 establece que cada alcaldía debe promover entre la población el uso de fundas para residuos elaboradas con materia prima reciclada, como parte de las acciones para fortalecer la gestión sostenible de los desechos sólidos.

 

El autor es: MBA, CPA, O&M.

jueves, 19 de marzo de 2026

Violencia de género e intrafamiliar



Por: Licda. Susan Aracelis Santana Valencia

 

La violencia de género es la violencia ejercida contra una mujer por el hecho de serlo, por parte de un hombre en una relación de pareja o expareja, y se basa en una relación de poder desigual, según el Ministerio de Justicia y del Derecho. La violencia intrafamiliar se define como el abuso de poder entre miembros de una familia (de sangre, matrimonio o convivencia), pudiendo ser ejercida por cualquier miembro y contra cualquier otro. En ocasiones de perpetuapor. El síndrome de Estocolmo  un vínculo psicológico de lealtad y afecto que desarrolla una víctima hacia su captor o agresor como mecanismo de supervivencia en situaciones de cautiverio o abuso.

 

La violencia de género constituye cualquier acción que causa daño físico, sexual o psicológico a una persona debido a su género  incluye actos que infligen daño, amenazas, coacción y privaciones de libertad. La violencia de género se manifiesta de diversas formas, incluyendo violencia física, psicológica, sexual y económica. La manipulación, la violencia de pareja, la violencia sexual, el matrimonio infantil, la mutilación genital femenina y los supuestos "crímenes de honor" son también formas de violencia de género. Asimismo Incluye la violación dentro de la pareja, la prostitución y la trata de mujeres y niñas con fines de explotación sexual, la concepción forzada, el aborto, la mutilación genital, el acoso sexual o los tocamientos indeseados, entre otros.

 

En este tipo de violencia se incluyen las golpizas, las agresiones con objetos o líquidos que puedan hacer daño, los encierros, las sacudidas, los estrujones, entre otras conductas que busquen hacer daño a las mujeres. La violencia de género es un tipo de violencia física, psicológica, sexual, institucional, simbólica y estructural,]​ ejercida contra cualquier persona o grupo de personas sobre la base de su orientación sexual, identidad de género, sexo o género​ que impacta de manera negativa en su identidad y bienestar social, físico, psicológico o económico.

 

En ese contexto con miras a reducir a su mínima expresión el fenómeno de la violencia de género el Tribunal Constitucional ha emitido. Cito. La Resolución TC/0003/17, que, declara el fin de la violencia contra la mujer en todas sus manifestaciones, ya que esto constituye una violación constitucional. Esta resolución fue leída públicamente en el Obelisco Macho, un lugar emblemático. La resolución enfatiza que la violencia contra la mujer es una infracción a la Constitución, y, por lo tanto, debe cesar.

La violencia de género es un problema grave en República Dominicana, con altas tasas de feminicidio y violencia doméstica. La violencia contra las mujeres es una realidad persistente, afectando a muchas en el país. Se han implementado medidas para combatir esta problemática, pero aún es necesario fortalecer la respuesta del Estado y la sociedad civil. 

Según el artículo 309-2, del Código Penal Dominicano, dice lo siguiente: Constituye violencia doméstica o intrafamiliar todo patrón de conducta mediante el empleo de fuerza física, o violencia sicológica, verbal, intimidación o persecución, contra uno o varios miembros de la familia o contra cualquier persona que mantenga una relación de convivencia, contra el cónyuge, ex-cónyuge, conviviente o ex-conviviente o pareja consensual, o contra la persona con quien haya procreado un hijo o una hija para causarle daño físico o sicológico a su persona o daño a sus bienes, realizado por el padre, la madre, el tutor, guardián, cónyuge, ex-cónyuge, conviviente, ex-conviviente o pareja consensual o persona bajo cuya autoridad, protección o cuidado se encuentra la familia. Los culpables de los delitos previstos en los dos artículos que preceden serán castigados con la pena de un año de prisión, por lo menos, y cinco a lo más, y multa de quinientos a cinco mil pesos y la restitución de los bienes destruidos, dañados y ocultados, si fuere el caso

 

Que la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer (Convención De Belém Do Pará), en su artículo 4, reconoce el derecho que toda mujer tiene al reconocimiento, goce, ejercicio y protección de todos los derechos humanos y a las libertades consagradas por los instrumentos regionales e internacionales sobre derechos humanos; y en la letra b) de dicho artículo, se instituye el derecho a que se respete la integridad física, psíquica y mora.

 

La Constitución dominicana del año 2015, en el artículo 42, numeral 2, establece como parte al Derecho a la integridad personal, que toda persona tiene derecho a que se respete su integridad física, psíquica, moral y a vivir sin violencia. Y al respecto, condena la violencia intrafamiliar y de género en cualquiera de sus formas; es decir armoniza el derecho a la vida sin violencia.

 

El artículo 309-3 del Código Penal Dominicano establece que: Se castigarán con la pena de cinco a diez años de reclusión a los que sean culpables de violencia, cuando concurran uno o varios de los hechos siguientes: a) Penetración en la casa o en el lugar en que se encuentre albergado el cónyuge, excónyuge, conviviente o ex-conviviente, o pareja consensual, y cometiere allí los hechos constitutivos de violencia, cuando éstos se encuentren separados o se hubiere dictado orden de protección, disponiendo el desalojo de la residencia del cónyuge, ex-cónyuge, conviviente, ex-conviviente o pareja consensual; b) Cuando se causare grave daño corporal a la persona; c) Cuando el agresor portare arma en circunstancias tales que no conlleven la intención de matar o mutilar; d) Cuando la violencia se ejerciere en presencia de niños, niñas y adolescentes, todo ello independientemente de lo dispuesto por los artículos 126 a 129, 187 a 191 del Código para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; e) Cuando se acompañen de amenazas de muerte o destrucción de bienes; f) Cuando se restrinja la libertad por cualquier causa que fuere; g) Cuando se cometiere la violación después de haberse dictado orden de protección a favor de la víctima; h) Si se indujese, incitare u obligare a la persona, hombre o mujer, a intoxicarse con bebidas alcohólicas o embriagantes, o drogarse con sustancias controladas o con cualquier medio o sustancia que altere la voluntad de las personas.

En República Dominicana, varias resoluciones se han emitido para abordar la violencia de género. Estas incluyen resoluciones del Ministerio de la Mujer, del Tribunal Constitucional y de otras instituciones relacionadas, entre ellas tenemos.

a) Resolución 004/2018: Aprobada por el Tribunal Constitucional, exhorta a los poderes públicos a unir esfuerzos para erradicar la violencia de género. 
b) Resolución 02-2020: Sobre Casas de Acogida. 
c) Resolución TC/0003/17, Proclamada por el Tribunal Constitucional.

 

La autora es: Abogada & CPA