martes, 10 de agosto de 2021

Auditoria Forense, instrumento de control del fraude



Por: Lic. Julio César Concepción Rodríguez, MBA


El desastre mundial del fraude, día a día se está transformando en un fenómeno de múltiples cambios y mutación permanente, optimizando su capacidad de adaptación a toda clase de sistemas de control que se interpongan a su paso. Una de las particularidades que posee, es su vínculo y progreso asociado al arrasador avance informático y tecnológico del siglo XXI. Como consecuencia de ello, el fraude adquiere versatilidad, imponiéndose en cualquier nación o continente, sin importar idioma, raza, cultura o religión, es decir, sin ninguna clase de impedimentos que vulneren su existencia o que impidan su devastador avance.

El fraude, sin embargo, no es un fenómeno estático.

La economía está en constante evolución y permanentemente surgen nuevas modalidades de fraude. Además, los defraudadores adaptan su comportamiento en función de los sistemas de control existentes, por lo que, si éstos permanecen invariables, la eficacia de los controles se reduce considerablemente.


Por lo tanto, es menester adquirir capacitación, destrezas y habilidades suficientes que permitan detectar en tiempo y forma toda clase de conductas fraudulentas. Frente a esta situación, diversos países están desarrollando nuevas técnicas de prevención y detección del fraude, entre ellas la Auditoria Forense cuyo alcance se desarrolla en el campo de las Finanzas Públicas y Privadas ampliando considerablemente su visión de trabajo en la investigación de fraudes.


La auditoría forense constituye el instrumento más efectivo de  prevención y localización de evidencia de los delitos financieros. Las complejidades de la sociedad actual, fortalecida de ordenadores y sofisticados sistemas electrónicos, para canalizar las transacciones económicas y las deducciones del ciberespacio, inyectado recientemente con las criptomonedas, instrumento que goza de gran aceptación en los comercios, y de difícil rastreo, cuando se soportan en recursos ilícitos, han dado como resultado que la corrupción gubernamental y privada, los fraudes y los delitos financieros, sean cada vez más difíciles de prevenir y, sobre todo, de evidenciar ante los tribunales correspondientes.

Esta situación ha hecho resurgir lo que antes era la auditoría especializada, con un nuevo enfoque y con más carácter técnico-científico, denominándose hoy en día como auditoría forense, que es la especialidad que estudia las causas, síntomas y evolución de los males financieros. En tal sentido, podemos decir, que la auditoría forense está asociada al derecho y, en ese tenor, persigue encontrar las evidencias que permitan probar ante un tribunal, que se ha cometido un fraude, una acción corrupta o un crimen financiero, indicando fehacientemente cuándo ocurrió, cómo se efectuó, cuánto es la suma involucrada y quiénes lo realizaron, el auditor forense, de ser necesario, deberá reconstruir todas las operaciones, para llegar a sus conclusiones.

Actualmente es la herramienta más eficaz para prevenir y atacar los delitos financieros, los fraudes y la corrupción, tanto estatal (prevaricación, cohecho, fraude, incumplimientos legales, nepotismo, tráfico de influencia, etc.), como corporativa (litigios entre socios, estafa, fraude, lavado de activos, entre otros). La auditoría forense demanda de un profesional, por lo general, un Contador Público Autorizado (CPA), con capacitaciones adicionales, certificadas y acreditadas en investigaciones de fraude, lavado de activos y delitos financieros, y las destrezas y habilidades que les permitan auxiliar a los procuradores de cortes –fiscales-, como a los mismos jueces en los tópicos de su competencia, avalando y proveyendo las pruebas que deben ser conocidas en los juicios públicos, orales y contradictorios. La auditoría forense tiene dos grandes campos de aplicación: El preventivo y el detectivo. Es la herramienta más eficaz para luchar contra los delitos financieros de la sociedad moderna.

La Auditoría Forense, puede verse afectada por el periodismo investigativo, aun siendo una metodología técnica que, mediante la conjunción de conocimientos de criminalísticas, contables, jurídicos, procesales y financieros, es  utiliza para contrarrestar los delitos financieros, los fraudes, la corrupción y el lavado de activos, una práctica que tiene por objeto participar en la investigación de fraudes, cometidos consciente y voluntariamente, por personas que forman parte del gobierno o de empresas, incluso, personas físicas, que eluden  o evaden el cumplimiento de las normas legales. En virtud de esta, se ejecuta como parte integral de un ambiente conformado por una gama multifacética de profesionales, la que quedará estructurada por contadores, abogados, grafo-técnicos, ingenieros informáticos, criptógrafos, personal experto en investigaciones de diferentes fuerzas de seguridad u organizaciones, entre otras áreas especializadas, (oficinas jurídicas, aéreas de investigaciones policiales, fiscales y judiciales, contribuyendo, sobre manera, al esclarecimiento de los potenciales actos ilícitos o delitos, y según corresponda.



En la actualidad dada la dimensión que han alcanzado los delitos y crímenes financieros, la auditoría forense se ha visto obligada a extender su radio de acción a otros ámbitos, producto del crecimiento y modernización del crimen, de ofertar evaluaciones y asesoría a las organizaciones gubernamentales, sin importar su misión, así como a las empresas de carácter privado, en cuanto a las medidas pertinentes para detectar, prevenir, desistir, persuadir o disuadir, a los potenciales propiciadores de fraudes, delitos financieros o de lavado de activo, para que no ejecuten los mismos. Para la prevención  tomar acciones, implantar y tomar decisiones en el presente, para evitar la ocurrencia de fraudes en el futuro. 

En lo relativo al informe de auditoría el auditor forense por lo general, emite un informe, el cual está destinado para ser considerado en un tribunal, que es el organismo quien analizará, juzgará y dictaminará la sentencia respectiva. Es por eso que en la auditoría forense detectivesca se indica el tipo de fraude, pero no se establece como delito financiero, ya que es a los fiscales y a los tribunales que le competente calificar, definitivamente, el fraude como un delito financiero específico sancionable, según las leyes correspondientes. El Informe deberá contener explicación detallada de lo ocurrido, especificando las violaciones a los manuales internos y gubernamentales, y a las normativas anticorrupción, antifraude y a los sistemas de prevención de lavado de activo, precalificando las tipologías detectadas. El monto de la suma contemplada en las transacciones delictivas. Los anexos justificativos, que comprueban los hallazgos y las evidencias de cada operación. En este punto hay que garantizar la cadena de custodia de las pruebas, a fin de preservar el carácter jurídico de las mismas