martes, 10 de enero de 2017

Urge un cambio del modelo tributario en la Rep. Dom.




Por: Lic. Julio César Concepción Rodríguez, MBA.,
Mail:jcconcepcion@yahoo.com

Prefiero iniciar este escrito con una brevísima referencia histórica del nacimiento de los impuestos y el porque de ellos. La historia de los impuestos es casi tan antigua como la historia del hombre pensante. Desde las primeras sociedades humanas, los impuestos eran aplicados por los soberanos o jefes en forma de tributos, muchos de los cuales eran destinados para asuntos ceremoniales y para las clases dominantes. La defraudación de impuestos teniendo el carácter y destino que se les daba eran poco comunes, debido al control directo que de la recaudación que hacían sacerdotes y soberanos.


Las primeras leyes tributarias aparecen en Egipto, China y Mesopotamia. Textos muy antiguos en escritura cuneiforme (es un método de comunicación humana que se realiza por medio de signos visuales que constituyen un sistema), que datan de hace aproximadamente cinco mil años, señalaban que “se puede amar a un príncipe, se puede amar a un rey, pero ante un recaudador de impuestos, hay que temblar”. En el nuevo testamento, aparece la figura de recaudador de impuestos en la persona de mateo, siendo este puesto, algo detestable y poco santo como lo manifestaban los primeros discípulos de Jesús.



Respecto a impuestos internacionales, los pueblos antiguos en sus relaciones con otras naciones tomaron a los impuestos como una forma de sujeción y dominio sobre los pueblos vencidos. Como ejemplo tenemos al Imperio Romano, el cual cobraba fuertes tributos a sus colonias, situación que permitió que por mucho tiempo los ciudadanos romanos no pagaran impuestos.



Impuestos en la edad media



En la edad media los vasallos y siervos tenían que cumplir con dos tipos de contribuciones: las primeras eran prestaciones de servicios personales y otras de tipo económico, liquidables en dinero o en especie. 



Los siervos como parte del tributo en servicios personales, cultivaban las tierras de su señor ciertos días a la semana, para lo cual, participaba con sus manos o con la fuerza de trabajo de sus animales de carga o con ambos. En esta época, los obligados a pagar tributo pagaban tasas de rescate, que consistían en el pago de determinadas cantidades con el propósito de suprimir servicios personales o en especie, así con el tiempo se fueron sustituyendo los servicios personales por prestaciones en dinero, lo que da origen a los diferentes tipos de impuestos.



Estos son las bases económicas de los gobiernos para solventar sus obligaciones económica, administrativas y sociales conforme la constitución y las leyes. Por ende es más que necesaria una reorientación del cobro de los impuestos, (en el caso de la Rep. Dom., que está orientado al consumo y no a la producción de riqueza), reducir la evasión fiscal, la urgencia de un pacto fiscal que garantice por lo menos que por los próximos 20 años no sea necesario el parche al sistema tributario, un proyecto concebido con visión futurista, orientado sobre que el que más produce sea el que más pague. Donde converjan todos los sectores de la sociedad sin exclusión. De igual modo la verificación, reorientación y/o eliminación de los subsidios/exenciones y exoneraciones no productivas. En busca de la garantía de un sistema tributario moderno, sano y robusto.



El nivel del comportamiento de los principales tipos de Ingresos Fiscales, más significativos en la economía, sin lugar a dudas, que revisten una extraordinaria importancia para el desarrollo del país, en vista de que los ingresos fiscales según sus principales características y formas de manejo y aplicación real, pueden contribuir a la estabilidad macroeconómica y a la promoción del desarrollo económico sostenible. Es decir gobernabilidad económica. 



En economías subdesarrolladas, el nivel de desembolso depende en gran parte de la capacidad de recaudación del Sistema Impositivo para poner las rentas requeridas a disposición del Estado, con el propósito de satisfacer las múltiples necesidades de la colectividad. Como consecuencia de ello le ha tocado a la política fiscal la espinosa tarea de obtener de la producción los ahorros necesarios para financiar los programas de desarrollo económico, así los desembolsos gubernamentales dependerán en gran medida del Sistema Tributario y de la capacidad de éste para conseguir recursos. En el país la tributación constituye la mayor fuente de recursos de que dispone el Estado, juerga decir que la Rep. Dom., al igual que en la generalidad de los países del litoral latinoamericanos la gran proporción de los ingresos corrientes del Estado provienen de los tributos. 



El comportamiento de los Ingresos Fiscales determina los niveles de déficit o superávit Presupuestarios y/o Financieros del Gobierno Central, evalúa sus niveles de impacto Fiscales o Económicos, evalúa el manejo del Gasto Corriente del Gobierno, frente a conflictos, a fin de comprobar en qué medida el manejo del Gasto Corriente impactó los efectos de la Crisis o por el contrario, si contribuyó al recrudecimiento del Déficit Público y sus agravantes socioeconómicos.



Los modelos económicos y tributarios se agotan dan sus respectivas señales y así lo demuestran el nivel de pobreza que aún persiste en el país, el bajo salario, la incidencia del sector informal con un aporte total de empleos de 56. %, nivel suficientemente alto como para ser indicativo de que las políticas públicas no han inducido a una real formalización de la economía y una señal de que el modelo económico está en fase terminante de su agotamiento, bajos estándares de los indicadores de educación, salud, el balance del comercio exterior y los parches económicos en la legislación tributaria, todo esto pese al crecimiento sostenido de la economía en las últimas dos décadas.



El índice de confianza del consumidor, las necesidades ordinarias de financiamiento presupuestario, evaluación de la ejecución presupuestaria. También índice de precios, la tasa de política monetaria, el modelo económico, el pacto fiscal, los mercados de trabajo, de valores, los sistemas de pensión y bancario, el control de las finanzas públicas, entre otros temas de interés.



La presión tributaria es algo sobre lo que se habla mucho en los medios de comunicación cuando se busca mejorar las recaudaciones del Estado, pero de lo qué se trata en realidad, la presión tributaria es la cantidad de dinero que recauda el Estado a través de los impuestos que cobra desde la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), la Dirección General de Aduanas (DGA) e inclusive de la Tesorería Nacional.



Generalmente, para determinar si está en un nivel adecuado, se mide en comparación con el producto interno bruto (PIB), que no es más que el tamaño de la economía. En el caso de República Dominicana, la presión tributaria actual se estima en 14.5% del PIB. Es decir, que de cada $100 pesos que produce la economía en su conjunto, el Estado recibe $14.50 pesos por concepto de cobro de impuestos.



En tanto que, la DGII (que representa el 73.8% de las recaudaciones del Estado, seguido por Aduanas con 19.7% y la Tesorería con 6.5%). Lo anterior indica que si el PIB crece a ritmo de 6.4% y las recaudaciones apenas 2.2%, entonces la presión tributaria tiende a reducirse como porcentaje del PIB. Incluso, de seguir esa tendencia, podría bajar del 14.5% actual. Pero si los recaudos se colocan por encima del crecimiento relativo de la economía medida por el PIB, entonces esa presión tributaria podría colocarse por encima de la proporción actual de 14.5%, lo cual se traduce en más ingresos para el Estado.



Pero para que ese incremento de la presión tributaria sea verdaderamente efectivo, se requiere no sólo que crezca en proporción al crecimiento de la economía medida por el PIB, sino que además crezca por encima de los niveles de inflación medida por el índice de precios al consumidor (IPC) y por encima del nivel de devaluación monetaria que se registre en el país. 



La obligación tributaria es una responsabilidad que concierne a la ciudadanía en general, compromiso del cual debemos estar conscientes, ya que este aporte contribuye al desarrollo de la nación y al fortalecimiento de la sociedad. La Constitución de la República Dominicana en el numeral 6) del Art. 75 establece como uno de los deberes fundamentales de las personas: “Tributar, de acuerdo con la ley y en proporción a su capacidad contributiva, para financiar los gastos e inversiones públicas. Es deber fundamental del Estado garantizar la racionalidad del gasto público y la promoción de una administración pública eficiente.”



La Dirección General de Impuestos Internos (DGII), como institución encargada de administrar los impuestos nacionales, si bien tiene el compromiso de recaudar y aplicar las leyes y normas tributarias, también es su deber orientar a la ciudadanía sobre el cumplimiento de las mismas. 



Las contribuciones que los ciudadanos y ciudadanas deben pagar al Estado en dinero, es decir los impuestos, representan una de las fuentes más importantes para el presupuesto nacional dominicano; estos son, los ingresos tributarios, que junto a los ingresos no tributarios y los extraordinarios, le permitirán al Estado obtener recursos para el cumplimiento de sus propósitos administrativos y sociales, para lo que el país debe contar con ciudadanos comprometidos con el acatamiento de cumplir cabalmente con las tributaciones constituyentes.

No hay comentarios: